Si quieres alquilar tu vivienda como uso turístico en la Comunidad de Madrid, es normal que te surja esta duda:
¿Es lo mismo el CIVUT que el Registro Turístico?
La respuesta corta es: no.
Son trámites diferentes, pero están directamente relacionados. Y confundirlos puede retrasar tu alta o incluso bloquear tu actividad.
En este artículo te explico de forma clara:
- Qué es el CIVUT
- Qué es el Registro Turístico
- En qué se diferencian
- Qué necesitas realmente para empezar

¿Qué es el CIVUT?
El CIVUT (Certificado de Idoneidad para Viviendas de Uso Turístico) es un documento técnico obligatorio en la Comunidad de Madrid desde abril de 2019.
Lo emite y firma un técnico cualificado (arquitecto o arquitecto técnico) y certifica que la vivienda cumple los requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad exigidos por la normativa autonómica.
Incluye:
- Verificación de ventilación
- Comprobación de calefacción y suministros
- Señalización básica de emergencia
- Extintor instalado correctamente
- Plano de evacuación
- Condiciones de seguridad
👉 Es un documento técnico previo al registro.
¿Qué es el Registro Turístico en Madrid?
El Registro Turístico es el trámite administrativo mediante el cual comunicas a la Comunidad de Madrid que vas a iniciar la actividad como vivienda de uso turístico (VUT).
Se realiza mediante:
- Declaración responsable
- Presentación de documentación obligatoria
- Aportación del CIVUT
- Seguro de responsabilidad civil
- Acreditación de disponibilidad del inmueble
Una vez presentado correctamente, la vivienda queda inscrita en el Registro de Empresas Turísticas.
👉 Es el alta oficial de la actividad.
CIVUT vs Registro Turístico: diferencias claras
| CIVUT | Registro Turístico |
|---|---|
| Documento técnico | Trámite administrativo |
| Lo emite un técnico | Lo presentas ante la Comunidad de Madrid |
| Certifica condiciones físicas | Da de alta la actividad |
| Obligatorio | Obligatorio |
| No te autoriza por sí solo a alquilar | Permite iniciar la actividad |
🔎 Resumen sencillo:
El CIVUT certifica la vivienda.
El Registro Turístico te da de alta como actividad.
Sin CIVUT no puedes completar el registro.
¿Puedo hacer el Registro sin CIVUT?
No.
El CIVUT es documentación obligatoria dentro del expediente.
Intentar registrar sin él supone:
- Requerimiento de subsanación
- Paralización del expediente
- Riesgo de sanción si inicias actividad
¿Qué pasa si ya tengo planos?
El plano es necesario para el CIVUT, pero:
- Algunos propietarios ya lo tienen.
- Si no lo tienes, debe elaborarlo el técnico.
En nuestro caso:
👉 CIVUT desde 195 €
(Planos no incluidos si hay que elaborarlos desde cero).
¿Qué necesito realmente para alquilar legalmente en Madrid?
Checklist básico:
✔️ CIVUT emitido por técnico
✔️ Seguro de responsabilidad civil
✔️ Acreditación de disponibilidad (nota simple o contrato)
✔️ Declaración responsable presentada
✔️ Registro en la Comunidad de Madrid
Si falta uno, el expediente puede quedar incompleto.
Error común: pensar que el CIVUT es la licencia
El CIVUT no es una licencia independiente.
Es un requisito técnico dentro del procedimiento de registro.
Muchos propietarios creen que con el CIVUT ya pueden publicar, pero:
Primero debes completar el registro administrativo.
¿Cuánto cuesta cada cosa?
El precio depende de cada caso, pero orientativamente:
- CIVUT desde 195 €
- Registro turístico: depende de gestión y documentación
- Seguro RC: según aseguradora
Si ya tienes planos, el coste puede ser menor.
Conclusión clara
No es CIVUT o Registro Turístico.
Es:
CIVUT + Registro Turístico.
Uno certifica la vivienda.
El otro autoriza el inicio de actividad.
Y hacerlo en el orden correcto evita retrasos y requerimientos.
Si estás valorando tramitar el CIVUT o iniciar el registro turístico en Madrid y no tienes claro por dónde empezar, podemos ayudarte a revisar tu caso.
Sin compromiso.
👉 Consulta tu situación y te orientamos antes de iniciar ningún trámite.
Preguntas frecuentes sobre el CIVUT en Madrid
¿Cuánto cuesta hacer el CIVUT en Madrid?
El precio del Certificado de Idoneidad para Viviendas de Uso Turístico (CIVUT) comienza desde 195€ + IVA para viviendas en Madrid. El importe puede variar según metros cuadrados o si se requieren planos adicionales.
¿Es obligatorio el CIVUT para alquilar como vivienda turística?
Sí. Desde el Decreto de la Comunidad de Madrid, el CIVUT es obligatorio para registrar una vivienda como VUT. Sin este certificado no se puede completar el trámite legal.
¿Los planos son necesarios para el CIVUT?
Sí, la normativa exige plano de la vivienda y plan de evacuación. Algunos propietarios ya disponen de planos válidos, en cuyo caso no es necesario volver a realizarlos. Si no los tienes, podemos ayudarte a elaborarlos.
¿Quién puede emitir el CIVUT?
El CIVUT debe ser emitido y firmado por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico), que certifique que la vivienda cumple los requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad.
¿Cuánto tarda en obtenerse el CIVUT?
Una vez recibida la documentación completa, el certificado suele emitirse en pocos días, dependiendo de la disponibilidad técnica y revisión de datos.
